Cómo anular un concubinato en Argentina

Un acto de concubinato se rige bajo la unión de dos personas específicamente de un hombre y una mujer o igualdad de género que se rige bajo la ley vigente.
Este tipo de acto no es un impedimento para contraer matrimonio y se rige bajo la libertad de hacer una vida en común similar a si estuvieran casados y también se puede efectuar si se ha concebido un hijo bajo dicha relación.
Un acto de concubinato es uno de los más funcionales a nivel de Argentina, y las autoridades locales permiten realizar la inscripción o disolución de este tipo de actos.
En este artículo encontrarás información detallada acerca de cómo anular un concubinato en Argentina, cómo dar de baja un acta de concubinato, requisitos para anular un concubinato y cómo tramitar un acta de concubinato.
Cómo dar de baja un acto de concubinato.
El acta de concubinato es uno de los más comunes en la actualidad, y se rige por la ley de la localidad con la finalidad de brindar derechos para las parejas que han optado por este acto de unión.
El acto de concubinato reemplaza a los recursos de contrato civil o las uniones religiosas.
Como todo acto regidos bajo la ley de la República Argentina está la posibilidad de dar de baja a este tipo de actos siempre y cuando se estipule bajo la ley.
Cuando se debe de dar de baja un acta de concubinato.
El acto de concubinato, se debe de dar de baja cuando se desea casarse por lo civil y viceversa.
Si alguno de los efectos de casamiento por lo civil o concubinato, se efectúa por parte de alguna de las dos personas en la unión con otra pareja presidente se debe anular previamente el acto correspondiente para evitar trámites inconvenientes a futuro.
Cómo anular un concubinato.
El acta de concubinato, se puede anular de manera inmediata cuando existe mutuo acuerdo por parte de las personas actuantes o la resolución de los dos.
También, se puede anular por medio de una resolución de alguno de los miembros de la pareja o en el caso del fallecimiento de uno de los dos.
Certificado de convivencia.
Es el título que se le otorga a un acta de concubinato y al cual se le puede dar de baja siempre y cuando, se efectúe al ente regulador en este caso el registro civil o en un centro de gestión y participación comunal.
Tanto el centro de gestión y participación como el registro civil actúan sobre la información referente a dar de baja a este tipo de certificados, hasta el momento de no dar de baja al certificado de convivencia, las personas actuantes registran en el acta de concubinato.
Certificado de convivencia y unión civil convivencial.
Estos dos tipos de trámites suelen realizarse entre parejas y suelen ser relacionados y se debe tener en cuenta que cada trámite es independiente del otro es decir son diferentes.
Unión civil convivencial.
Este documento suele ser más flexible y se puede disolver unilateralmente, es decir, si una de las partes actuantes deciden dar de baja a una unión civil convivencial registrada puede dirigirse al registro civil en donde se ha firmado la unión civil convivencial y darle de baja inmediatamente.
- Un documento de unión civil convivencial permite cobrar la pensión en caso del fallecimiento de uno de sus integrantes.
- Este tipo de documento no da derecho a herencia, siempre y cuando en el testamento se incluya como heredero.
- Los recursos no son gananciales en un principio, en caso de realizar un acuerdo este debe estar escrito bajo un escribano público para efectuarse.
Certificado de convivencia.
El certificado de convivencia simplemente es un instrumento de prueba de la unión de un hombre y una mujer.
Es un documento que permite realizar diferentes trámites en instituciones como seguros de vida. No se requiere de una anulación o darle de baja inmediatamente.
Requisitos para anular un concubinato.
Un certificado de convivencia o acto de concubinato, es un instrumento o documento que permite identificar la unión de una pareja con respecto al registro como tipo de formalidad sobre los procesos y registros que se realizan en la República Argentina.
Dar de baja a un certificado de convivencia.
Existe la posibilidad de dar de baja a un certificado de convivencia o en su defecto un acta de concubinato, es simple y preciso realizar dicho trámite.
Si se quiere dar de baja al certificado de convivencia debe dirigirse al registro civil donde se ha efectuado el acto de concubinato para obtener el certificado de convivencia.
Hasta el momento que no se realice el trámite de anulación o dar de baja al certificado de convivencia para el acta de concubinato, se estará en acto de concubinato frente a todo tipo de trámite legal.
Los actos de concubinato no se disuelven y se utilizan como informaciones sumarias que se solicitan para presentarse frente a un determinado organismo por una única vez.
Opciones para tramitar una anulación de acta de concubinato.
Si se desea realizar la anulación o un nuevo trámite de acta de concubinato comunicar a la línea telefónica 147 o en caso de estar fuera de la capital federal a nivel provincial se debe comunicar al número 0800-999-2727.
Para consultas bajo detalle de parámetros y requisitos se puede comunicar al siguiente email consultas_dgrc@buenosaires.gov.ar.
Cómo tramitar un acto de concubinato.
Las uniones convivenciales se la denomina como el nuevo concubinato, dichos trámites se pueden efectuar de maneras diferentes enfocadas no presencial o solicitando por medio de un asesor para efectuar dichos trámites.
El acta de concubinato presenta requisitos y acuerdos que se deben cumplir a cabalidad para efectuar este tipo de efectos.
Unión convivencial.
Es el acto o equivalente similar a un acto de concubinato, en donde, se efectúa entre dos personas hombre y mujer pero no se efectúa un efecto de casamiento.
Se denomina como un proyecto de vida mínimo de 2 años sobre acuerdos comunes entre la pareja, esto se rige bajo el código civil y comercial de la nación en su versión del artículo 509.
La unión convivencial rige un mínimo de 2 años de convivencia en la pareja para ser reconocida bajo el título de Unión convivencial.
Requisitos para una Unión convivencial.
Los siguientes requisitos deben ser cumplidos a cabalidad y sobre todo efectuarse bajo la normativa vigente en la República Argentina.
- La pareja debe ser de mayor de edad.
- bajo la normativa del codigo civil y comercial de la nacion en sus articulos 509 y 510 esta la posibilida de ser del mismo sexo o distinto sexo.
- No deben ser parientes.
- No deben registrar otra unión convivencial a la misma vez.
- El acuerdo de unión debe ser permanente, estable, notorio y público.
- Debe tener una duración mínima de dos años para otorgar dicha acreditación.
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